La demanda de divorcio contencioso
La demanda de divorcio contencioso:
El procedimiento de divorcio contencioso se inicia por la interposición de la demanda de divorcio por uno solo de los cónyuges. La interposición de la demanda de divorcio puede hacerse cuando hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio y no es necesario que el cónyuge que presente la demanda alegue ninguna causa de disolución ni que haya tramitado previamente la separación.
Conviene señalar que se establece una excepción al plazo de tres meses desde la celebración del matrimonio ya que en los casos en que se acredite que existen malos tratos al cónyuge demandante o a los hijos de ambos o de uno de los cónyuges, se podrá presentar la demanda de divorcio en cualquier momento.
En la demanda de divorcio contencioso al no haber mutuo acuerdo no es necesario adjuntar a la misma ningún convenio regulador pero si que habrá de especificarse las medidas que se deben adoptar respecto de la guardia y custodia de los hijos, la pensión de alimentos y la compensatoria, el uso de la vivienda familiar y el régimen de visitas, todo ello para que el juez en la sentencia que establezca el divorcio se pronuncie sobre estas cuestiones.
El divorcio contencioso requiere un juicio y una sentencia que decrete el divorcio, no existe el divorcio de hecho. Los tribunales competentes para conocer la demanda de divorcio son los Juzgados de primera instancia, y para presentar la demanda se requiere la asistencia de un abogado .

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